Por el cual se adiciona el marcado con el número 1719 de 1902

Rango Decreto
Publicación 1903-01-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,

En uso de facultades constitucionales, y

Considerando:

Que el Decreto número 1,719, de 24 de Noviembre del año pasado, por el cual se reforman algunos artículos del Código de Elecciones, ha variado las fechas para las próximas votaciones en que han de elegirse extraordinariamente miembros de Corporaciones administrativas y del Poder Legislativo, y

Que, en consecuencia, hay que establecer la concordancia entre los términos de las incompatibilidades con el de la vigencia del acto expresado,

Decreta:

Artículo único. El tiempo fijado en los artículos 147 y 149 de la Ley 7.a de 1888 y 36 de la Ley 119 de 1892, sobre incompatibilidades para la elección de Senadores, Representantes y Diputados, correrá desde el primero de Diciembre último.

Parágrafo. Tales incompatibilidades no se refieren á los suplentes de empleados no elegibles.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á 21 de Enero de 1903.

JOSÉ MANUEL MARROQUÍN

El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho, Antonio Gutiérrez Rubio-El Ministro de Relaciones Exteriores, Felipe F. Paúl-El Ministro de Hacienda, José Ramón Lago. El Ministro de Instrucción Pública, encargado del Despacho de Guerra, José Joaquín Casas-El Ministro del Tesoro, Francisco Mendoza P.

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