Por el cual se concede una autorización a los Gobernadores

Rango Decreto
Publicación 1909-02-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por resolución del Ministerio de Obras públicas dictada con fecha 20 de los corrientes, y aprobada por el Ejecutivo el 23 de los mismos, se declaró la caducidad del contrato celebrado el 9 de Abril de 1906 entre el Gobierno y el señor Tomás G. Ribón, sobre reparación, conservación y mejora de la carretera de Cambao, y se dispuso allí que por decreto especial se nombraría un Administrador oficial de la vía, encargado de atender a la conservación del tráfico con el producto del impuesto del peaje establecido en ella, mientras el Gobierno dispone otra cosa con respecto a la misma carretera, y para que tome a su cuidado las herramientas, maquinaria y elementos que la empresa del señor Ribón debe entregar al Gobierno, según lo ordenado en aquella resolución,

DECRETA:

Artículo único. Establécese el cargo de Administrador Oficial de la carretera de Cambao, cuyas funciones serán expresamente determinadas por el Ministerio de Obras Públicas. Nómbrase para desempeñarlo al señor doctor Manuel Antonio Ferreira, con la asignación mensual de ($200) imputable al capítulo y al artículo respectivo del Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, a 26 de Agosto de 1909.

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Subsecretario del Ministerio de Obras Públicas encargado del despacho,

Pedro A. Peña

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