Por el cual se hacen unas traslaciones en el prespuesto de gastos vigentes ( ministerio de minas y petróleos )
El Designado encargado de la Presidencia de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando:
Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 18 de marzo de 1953, autorizó al Ministerio de Hacienda, y Crédito Público para efectuar unas traslaciones dentro de las apropiaciones de la Policía Nacional, según consta en el acta respectiva,
Decreta:
Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:
POLICIA NACIONAL
| Capítulo 90 | |||
|---|---|---|---|
| Personal. | |||
| Del artículo 91. Para pagar la remuneración pasajes, viáticos demás gastos que ocasione el personal técnico colombiano o extranjero que se contrate, para la reorganización de la Policía Nacional, en el año | |||
| Del artículo 91. Para pagar la remuneración pasajes, viáticos demás gastos que ocasione el personal técnico colombiano o extranjero que se contrate, para la reorganización de la Policía Nacional, en el año | |||
| Del artículo 91. Para pagar la remuneración pasajes, viáticos demás gastos que ocasione el personal técnico colombiano o extranjero que se contrate, para la reorganización de la Policía Nacional, en el año | $ | 100.000.00 | 100.000.00 |
| Suman los contracréditos | $ | 100.000.00 | |
| Capítulo 9º | |||
| Personal. | |||
| Al artículo 89. Para sobresueldos del personal de la Policía Nacional en el año | |||
| Al artículo 89. Para sobresueldos del personal de la Policía Nacional en el año | 80.000.00 | 80.000.00 | |
| Al artículo 90. Para pago de la prima de alojamiento, en los términos de la Ley, en el año | |||
| Al artículo 90. Para pago de la prima de alojamiento, en los términos de la Ley, en el año | 20.000.00 | 20.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 100.000.00 |
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de marzo de 1953.
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
El Ministro de Gobierno,
Luis Ignacio Andrade.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
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