Por el cual se señala sueldo a los profesores de la Escuela Nacional de Bellas Artes
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
DECRETA:
Asígnase á cada uno de los Profesores de las clases de Pintura y de Geometría y Perspectiva en la Escuela Nacional de Bellas Artes la remuneración de quinientos cuarenta pesos ($ 540) mensuales.
Estas sumas se imputarán á la partida de gastos imprevistos del Presupuesto de Gastos de la vigencia en curso, capítulo 49, artículo 300.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 11 de Septiembre de 1903
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Instrucción Pública,
ANTONIO JOSE URIBE
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