Por el cual se hacen distribución de una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. De la partida asignada en el Capítulo 2607, artículo 26326 del Presupuesto Nacional vigente "Fomento a la Educación Agrícola" (construcción de nuevas aulas), hácese la siguiente distribución:
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 1° Aporte del Gobierno Nacional como auxilio a la Facultad de Veterinaria de Bogotá para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | $ | 250.000.00 |
|---|---|---|
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 2º Aporte del Gobierno Nacional como auxilio a la Facultad de Medicina Veterinaria de Manizaes, para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | 100.000.00 | |
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 3º Aporte del Gobierno Nacional como auxilio a la Facultad de Agronomía de Manizales, para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | 100.000.00 | |
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 4º Aporte del Gobierno Nacional como auxilio Facultad de Agronomía de Palmira, para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | 100.000.00 | |
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 5º Aporte del Gobierno Nacional como auxilio a la Facultad de Agronomía de Medellín, para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | 100.000.00 | |
| Capítulo 2607, artículo 26326, ordinal 6º Aporte del Gobierno Nacional como auxilio a la Facultad Forestal de Bogotá, para la construcción de nuevas aulas, en el presente año | 67.253.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 5 de abril de 1962.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jorge Mejía Palacio.
El Ministro de Agricultura,
Hernán Toro Agudelo.
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