Por el cual se adiciona el Decreto número 683 de 1939, sobre becas

Rango Decreto
Publicación 1939-04-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De los fondos apropiados en el artículo 451, capítulo 63, de la Ley de Presupuesto vigente, destínase la cantidad de dos mil setecientos pesos ($ 2,700) para pagar al Departamento del Valle el sostenimiento de las siguientes becas:
Mensual. Anual.
15 en la Escuela Superior de Agricultura Tropical, de abril a diciembre, a $ 20 cada una $300.00 2.700.00

Parágrafo. Para hacer efectivo el pago de las becas, el Director de la Escuela deberá presentar la nómina de los alumnos, con especificación del año que cursa cada uno de ellos; y trimestralmente, las calificaciones correspondientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de abril de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

El Ministro de Obras Públicas

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