Por el cual se modifica el Decreto número 1965, de fecha 3 de noviembre de 1938
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades extraordinarias que le confiere la Ley 116 de 1938,
DECRETA:
Sección 4ª, de Enseñanza Industrial y Escuelas Complementarias.
Artículo 1° Modifícase el Decreto número 1956 de 1938, así:
| Sueldo del Director de la Sección | $ | 450.00 |
|---|---|---|
| Sueldo del Subdirector Secretario | 250.00 |
Artículo 2° El Director de la Sección, a partir de la vigencia del presente Decreto, no tendrá las funciones de Director de la Escuela Industrial de Bogotá, como se expresó en el Decreto número 1965, que se modifica.
Artículo 3° El presente Decreto surtirá efectos a partir del 16 de abril en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de abril de 1930.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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