Por el cual se adiciona el presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional por medio del Decreto número 707 de mayo 11 de 1970, destinó la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000) moneda corriente, para entregar al Fondo Nacional de Caminos Vecinales, con carácter de aporte del Departamento de Cundinamarca para estudios, construcción, reconstrucción y conservación de Caminos Vecinales en dicho Departamento;
Que de conformidad con el artículo 9° de la Ley 64 de 1967 (diciembre 27), los aportes de la Nación al Fondo de Caminos Vecinales deben hacerse por intermedio del Fondo Vial Nacional, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de la vigencia de 1970, en la cantidad de cinco millones de pesos ($ 5.000.000) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Presupuesto de Ingresos.
Ingresos no Tributarios.
Aportes.
| Numeral 2 | Aporte del Gobierno NacionalMinisterio de Obras Públicas,-con recursos ordinarios | $ 5.000 |
|---|---|---|
Aportes.
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, Adiciónase el presupuesto de gastos del Pondo Vial Nacional de la vigencia de 1970, en la suma de cinco millones de pesos ($ 5.000.000) moneda corriente, conforme a la siguiente distribución:
Presupuesto de Gastos.
Inversión Indirecta.
Programa 11.
Financiamiento.
| 584, 264. | Artículo 26-A. Para entregar al Fondo Nacional de Caminos Vecinales, con el carácter de aporte del Departamento de Cundinamarca para estudios, construcción, reconstrucción y conservación de caminos vecinales en dicho Departamento | $ 5.000.000 |
|---|---|---|
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de junio de 1970.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, encargado, Francisco de Vengoechea.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.