Por el cual se deroga el artículo 15 del Decreto número 0056 de 1974

Rango Decreto
Publicación 1977-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE COMUNICACIONES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,

decreta:

Artículo 1.º Derógase el artículo 15 del Decreto reglamentario numero 056 de 1974.

Artículo 2.º Este Decreto rige desde su expedición.

Comuníquese y cúmplase

Dado en Bogotá, a 20 de abril de 1977.

alfonso lopez michelsen

La Ministra de Comunicaciones,

Sara Ordóñez de Londoño

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