Por el cual se concede una autorización al Administrador General de Correos Nacionales y se aumenta la base de emisión para el servicio de giros postales en una oficina de Correos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales.
decreta:
Artículo 1° Autorizase al señor Administrador General de Correos Nacionales, para establecer en Bogotá tres expendios particulares .de especies postales, durante el año en, curso, en las «condiciones establecidas en el Decreto número 815, de fecha 15 de abril .de 1920, y uno en la .ciudad de Manizales, que tendrá la asignación mensual de cincuenta mil pesos ($50)
Artículo 2° aumentándose a mil pesos la base da emisión para el servicio de giros postales, en la Admiración subalterna de correos de Remedios (Antioquia), por no ser suficiente a la de doscientos veinticinco ($ 225) pero hoy tiente para tal servicio
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de enero 1924.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, encargado del Despacho de Correos y Telégrafos, Miguel ABADIA MENDEZ.
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