Por el cual se dispone atender con la apropiación del artículo 2072 del presupuesto vigente, la construcción y conservación del ramal a San Juanito
2072 DEL PRESUPUESTO VIGENTE, LA CONSTRUCCION Y CONSERVACION DEL
RAMAL A SAN JUANITO
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso se omitió incluir en la carretera de Oriente el ramal a San Juanito, el cual es parte integrante de dicha carretera, como puede verse en el Presupuesto de 1928,
DECRETA:
Artículo único. La suma necesaria para atender a la construcción y conservación del ramal de carretera a San Juanito, se tomará de la partida apropiada en el capítulo 131, artículo 2072, del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de enero de 1929.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Sotero PEÑUELA
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