Por el cual se aprueban unos Acuerdos del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1980-02-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales;

decreta:

Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 16 del 29 de noviembre de 1979 del Comité Nacional de Cafeteros cuyo texto die lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 16 DE 1979

(noviembre 29)

El Comité Nacional de Cafeteros, en so de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autoriza a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos del Fondo nacional del Café, incremente el aporte suyo al Fondo Rotatorio Prodesarrollo-Care en la suma de $ 5.000.000.00 moneda corriente.
Artículo segundo. Someter el presente Acurdo, por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República.

Dado en Bogotá, D, E., a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y nueve (1979).

El Presidente,

Alfonso Palacio Rudas.

El Secretario,

José Hernando Jaramillo H.».

Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 23 de enero de 1980

JULIO CÉSAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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