Por el cual se adiciona al presupuesto de ingresos y gastos del Fondo Vial Nacional de la actual vigencia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario apropiar la cantidad de dos millones quinientos setenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($ 2.572.527) moneda corriente, para completar la financiación del programa de obras hidráulicas de 1970;
Que la anterior necesidad puede financiarse con parte del valor del Certificado de Disponibilidad número 11, de junio 1° de 1970, que expidió la Auditoría General ante el Ministerio de Obras Públicas por la cantidad de cuatro millones trescientos mil pesos ($ 4.300.000) moneda corriente, y
Que se han cumplido todos los requisitos exigidos para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el presupuesto de ingresos del Fondo Vial Nacional de 1970 en la cantidad de dos millones quinientos setenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($ 2.572.527) moneda corriente, según el siguiente detalle:
Presupuesto de Ingresos.
Ingresos no Tributarios.
Otros recursos.
| Numeral 10. Venta de Servicios | $ 2.572.527 |
|---|---|
Artículo 2° Con base en el recurso a que se refiere el artículo anterior, Adiciónase el presupuesto de gastos del Fondo Vial Nacional de 1970 en la suma de dos millones quinientos setenta y dos mil quinientos veintisiete pesos ($ 2.572.527) moneda corriente, de acuerdo con la siguiente distribución:
Presupuesto de Gastos.
Inversión Directa.
Programa 09.
Obras hidráulicas
| 460, 264. | Artículo 22. Estudios, construcción y regularización de obras hidráulicas | $ 2.572.527 |
|---|---|---|
Proyecto 4. Gastos de operación y mantenimiento de transbordadores.
Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de junio de 1970.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama. El Ministro de Obras Públicas, encargado, Francisco de Vengoechea.
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