Por el cual se crea un puesto en el Ministerio de Educación Nacional
El presidente de la República de Colombia,
En uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 116 de 1938,
DECRETA:
Artículo único. Créase en el Ministerio de Educación Nacional (Sección 9º, de Administración), el puesto de ingeniero Ayudante, con sueldo de $ 200 mensuales, a partir del 16 de abril en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de abril de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Obras Públicas
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