por el cual se aclara el artículo 2° del Decreto 3266 del 30 de diciembre de 2002, por el cual se suprimen cargos vacantes de la planta de personal del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe

Rango Decreto
Publicación 2003-04-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998,

DECRETA:

Artículo 1º. El artículo 2º del Decreto 3266 de 2002 quedará así:

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1832 de 1997 y demás disposiciones que le sean contrarias.

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la feche de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 3266 de 2002.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de abril de 2003.

ALVARO URIBE VELEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

La Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial,

Cecilia Rodríguez González-Rubio.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Grillo Rubiano.

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