por el cual se crea la Dirección Antisecuestro y Extorsión en la Policía Nacional

Rango Decreto
Publicación 1998-05-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 8° de la Ley 282 del 6 de junio de 1996,

DECRETA:

Artículo 1°. Créase la Dirección Antisecuestro y Extorsión en la Policía Nacional, la cual tendrá la siguiente estructura:

Dirección Antisecuestro y Extorsión

Artículo 2°. Son funciones de la Dirección Antisecuestro y Extorsión, las siguientes:
Artículo 3°. Son funciones del Area de Operaciones Técnicas y Policía Judicial:
Artículo 4°. Son funciones del Area de Inteligencia, las siguientes:
Artículo 5°. Son funciones del Area Servicios y Apoyo:

Parágrafo. Las funciones que se establecen en el presente artículo, serán ejercidas en coordinación con el Director del Programa Presidencial para la Defensa de la Libertad Personal y el Conase.

Artículo 6°.Organización y funciones. El Director General de la Policía Nacional, mediante resolución organizará grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta la estructura orgánica, las necesidades del servicio y los planes y programas establecidos en la ley.
Artículo 7°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de mayo de 1998.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Defensa Nacional,

Gilberto Echeverri Mejía.

El Subdirector del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Director,

Pablo Ariel Olarte Casallas.

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