Por el cual se suprime un empleado y se reduce un sueldo

Rango Decreto
Publicación 1914-09-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando :

Que el día 15 de junio del corriente año quedó terminada la reconstrucción de la línea del Ferrocarril del Pacífico. que fue destruída por el río Dagua en el mes de octubre de 1912 ;

Que han cesado las funciones del Ayudante Contador del Ingeniero Interventor del Ferrocarril del Pacífico y se han reducido las atribuciones que corresponden a dicho Ingeniero. fijadas por Decreto número 166, de fecha 20 de febrero de 1913 ;

Que según el Decreto antes citado, los sueldos devengados por los dos empleados anteriores debían ser cubiertos por la Compañía del Ferrocarril del Pacífico, con imputación a la partida destinada para tales obras, de acuerdo con el contrato correspondiente de II de febrero de 1913, celebrado por el Gobierno con la mencionada Compañía, para la reconstrucción de la línea ;

Que la dicha Compañía solicitó en 30 de junio último que el Gobierno la exima de la obligación que voluntariamente había adquirido de pagar tales sueldos :

Que el Gobierno encuentra conveniente acceder a esta solicitud por cuanto dicho pago se hace con los fondos que la Nación da a la Compañía para cubrir la deuda que por causa de tales obran tiene aún pendiente con ella,

DECRETA

Artículo 1.° Suprímese desde esta fecha el puesto de Ayudante Contador del Ingeniero Interventor del Ferrocarril del Pacífico, creado por Decreto número 166, de fecha 20 de febrero de 1913.
Artículo 2.° El sueldo del Ingeniero Interventor se pagará por cuenta del Gobierno Nacional, como se hacía con anterioridad al Decreto número 166, antes citado, y será de $ 150 desde hoy en adelante.

Parágrafo. El Ingeniero Interventor desempeñará las funciones que le señala el artículo 7.° del contrato de fecha 30 de diciembre de 1905, para la construcción del ferrocarril en referencia, y las que le indique el Ministerio de Obras Públicas.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de agosto de 1914.

JOSE VICENTE CONCHA

El Ministro de Obras Públicas,

aurelio RUEDA A.

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