Por el cual se destinan las partidas para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos en la Escuela Normal de Varones de Pamplona

Rango Decreto
Publicación 1940-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal y alimentación de alumnos y empleados internos de la Escuela Normal de Varones de Pamplona, se destinan, las siguientes sumas, apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en diez (10) meses, de marzo a diciembre, así:

Mensual. Total.
Rector (interno), a $ 250.00 2.500.00
Secretario Habilitado, (interno), a 130.00 1.300.00
Profesores Internos, tres (3), a $ 130 cada uno 390.00 3,900.00
Profesor de Educación Física (interno), a 80.00 800.00
Profesores de la Anexa (internos), dos (2),. a $ 90 cada uno 180.00 1,800.00
Profesorado Externo, hasta ochenta (80) horas mensuales, a $ 2 la hora 160.00 1,600.00
Médico Profesor (externo), a 50.00 500.00
Capellán Profesor (externo), a 40.00 400.00
Dentista (externo), a 40.00 400.00
Enfermera (externa), a 30.00 300.00
Ecónomo (interno), a 30.00 300.00
Chofer (interno), a 40.00 400.00
Portero (interno), a 20.00 200.00
Servicio doméstico, según distribución que hará el Rector, hasta 200.00 2,000.00
Sumas $ 1,640.00 16,400.00
Para sueldos en el mes de febrero, así:
Rector $ 250.00
Secretario Habilitado 130.00
Celador 80.00
Sumas $ 16,860.00
Para sueldos en el mes de enero, así:
Celador $ 80.00
Total 16,940.00
b) Del artículo 1026, capítulo 60. b) Del artículo 1026, capítulo 60. b) Del artículo 1026, capítulo 60. b) Del artículo 1026, capítulo 60.
Para alimentación de alumnos y empleados internos, en nueve (9) meses de marzo a noviembre, así: Para alimentación de alumnos y empleados internos, en nueve (9) meses de marzo a noviembre, así: Para alimentación de alumnos y empleados internos, en nueve (9) meses de marzo a noviembre, así: Para alimentación de alumnos y empleados internos, en nueve (9) meses de marzo a noviembre, así:
Mensual. Total.
De once (11) empleados internos, hasta $ 18 cada uno 198.00 1,782.00
Del servicio doméstico, hasta 100.00 900.00
De ochenta y dos (82) alumnos internos, hasta $ 18 cada uno. 1,476.00 13,284.00
Totales 1,774.00 15,966.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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