Por el cual se aprueba el número 14, de la Comisaría Especial de Arauca
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes el siguiente Decreto:
"Decreto número 14 de 1924 (marzo 31), por el cual se estable el servicio de correos quincenales entre los Municipios de Tame y San Lope.
El Comisario Especial de Arauca, en uso de sus facultades legales, decreta:
Artículo 1°. A contar del primero de abril próximo venidero, queda establecido el correo quincenal entre los Municipios de Tame y San Lope, con escala en el Corregimiento de El Banco, quedando facultado el Alcalde de Tame para señalar las fechas de salida y regreso, debiendo partir el despacho de la Administración Nacional Subalterna de Correos de allí mismo, anotado el Corregidor su llegada al Banco, y su recibo y regreso en la Alcaldía de San Lope. Con las anotaciones en los pasaportes de las cuatro oficinas nombradas, que da comprobada la prestación del servicio.
Artículo 2°. Por la Administración de Hacienda Nacional del territorio se atenderá al pago del correo indicado, de la partida destinada con tal fin en el Presupuesto de gastos del presente año, por medios de cuentas de cobro comprobadas con los pasaportes debidamente cumplidos.
Dése cuenta al señor Ministro de Gobierno.
Publíquese y ejecútese.
Dado en Arauca a treinta y uno de marzo de mil novecientos veinticuatro.
El Comisario Especial,
Jerónimo Mutis,
El Secretario de la Comisaría,
R. Sarmiento."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de mayo de 1924.
PEDRO NEL OSPINA
El Ministro de Gobierno,
Miguel ABADIA MENDEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.