Por el cual se modifica el artículo 55 del Decreto ejecutivo número 174 de 1927
El presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
considerando
que el consejo Directivo de la facultad de derecho y ciencias políticas de la universidad nacional, según nota número 45, de fecha 14 de los corrientes, dirigida por el señor rector de la facultad al Ministerio de Educación Nacional, conceptúa que los exámenes trimestrales, unidos a las tres monografías que debe presentar cada alumno, constituyen en realidad, un exceso de trabajo quizá en detrimento de las mismas monografías, y que sería suficiente para la preparación de los alumnos un examen semestral, a principios de julio, unido a la presentación de las monografías en el mes de septiembre,
decreta:
Artículo único. Los exámenes a que se refiere el parágrafo del artículo 55 del Decreto Ejecutivo número 174 de 1927, serán en lo sucesivo semestrales; y tendrán lugar a principios del mes de julio, y las monografías deberán presentarlas los mismos alumnos en el mes de septiembre.
Parágrafo. Queda en estos términos modificado el artículo 55 del Decreto citado
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá a 17 de mayo de 1929
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Educación Nacional,
J. Vicente HUERTAS
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.