Por el cual se establece un Resguardo en las salinas de Pajarito y Recetor y se designa el personal (71)
Art. 1.° Créase para las salinas de Pajarito y Recetor, un Resguardo compuesto del siguiente personal con los sueldos fijos anuales que se expresan :
| Un Celador-Inspector | $ 840 |
|---|---|
| Un Subjefe | 600 |
| Ocho Guardas, á | 240 |
Parágrafo. Nómbrase para desempeñar dichos empleos á los ciudadanos que se mencionan :
Celador-Inspector, Francisco Mendoza R.
Subjefe, Celso Ramírez.
Guardas, Amadeo Lara, Rafael Trujillo, Policarpo Vela, Jacobo Vanegas, Tulio García T, Juan Matéus, Francisco González y Joaquín Sánchez Baños.
Art. 2º. El Celador-Inspector, de acuerdo con el Subjefe, distribuirá este Resguardo entre las salinas de Pajarito y Recetor del modo más conveniente.
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