Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso dé sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que de la partida señalada por medio del Decreto número 198 de fecha 27 de enero del presente año, para personal y becas de la Facultad de Ciencias de la Educación, hay sobrante de § 3,290, que corresponden a sueldos de varios Profesores que no se posesionaron ni desempeñaron funciones durante los meses de enero y febrero y a tres (3) becas de alumnos que renunciaron a ellas por todo el año lectivo;
Que para mejor servicio de la enseñanza y en desarrollo del Decreto número 1990 de 1933, orgánico de la Facultad, es necesario el aumento de las horas del profesorado de conformidad con la nueva distribución reglamentaria y el aumento de la suma apropiada para material y elementos de enseñanza,
DECRETA:
Artículo único. Destinase la cantidad de tres mil doscientos noventa pesos ($ 3,290) para atender al pago de los siguientes, servicios en la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional:
| Para el aumento que representa desde el día 1ºde mayo próximo el pago de veinticinco (25) Profesores, a razón de cuarenta y cinco pesos ($45) mensuales cada uno, en vez de treinta y cinco pesos ($ 35) que tenían asignados, la suma de | $2.000 |
|---|---|
| Para pagar el sueldo de un Profesor repetidor de los cursos de especialización, en ocho (8) meses a $ 30 mensuales | 240 |
| Para laboratorios, material de enseñanza, biblioteca, útiles, reparaciones del edificio, moblaje, excursiones escolares y demás gastos de la Facultad | 1.050 |
| Suma | $3.290 |
Parágrafo. La partida para dar cumplimiento al presente Decreto figura en las apropiaciones del artículo 159, capítulo 43, del Presupuesto de la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de abril de 1934,
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Educación Nacional,
Pedro M. CARREÑO
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