Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

Rango Decreto
Publicación 1920-04-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en los Decretos números 734 y 791 bis del presente año, dictados en cumplimiento de disposiciones contenidas en las Leyes 23 y 6 8 de 1918,

decreta:

Artículo 1.° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1.° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la suma de cuarenta mil pesos ($ 40,000), que llevará las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

CAPITULO 68

Carreteras y caminos de herradura

Artículo 7 69-A. Para la carretera entre Pasto e Ipiales, pasando por Tagua, El Capulí y San Juan (Decreto número 734) $ 30,000
CAPITULO 69 CAPITULO 69 CAPITULO 69
Auxilios y gastos de fomento Auxilios y gastos de fomento Auxilios y gastos de fomento
Articulo 828-A. Para la construcción de las obras necesarias para proveer de agua potable a la ciudad de Roldanillo (Decreto número 791 bis) 10,000
Total $ 40,000
Artículo 2.° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Obras Públicas y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto . Artículo 2.° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Obras Públicas y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto . Artículo 2.° La Dirección General de la Contabilidad Nacional, la Oficina Central de Ordenación, la de Reconocimientos del Ministerio de Obras Públicas y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar el presente Decreto .
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Publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de abril de 1920.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, J. M. PASOS.

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