por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1967 (Ministerio de Obras Públicas), por $ 3.000.000
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del ordinal b) del artículo 56 de la Ley 77 de 1966 y del parágrafo 1° del mismo artículo, se autorizó al Gobierno Nacional, para abrir, mediante decreto, los créditos presupuéstales necesarios para la buena marcha de la Administración Pública y el nuevo Plan de Inversiones del Gobierno, sin sujeción a las limitaciones, impuestas por el Decreto-ley número 1675 de 1964:
Que en el Balance del Tesoro de la Nación existe un recurso fiscal, representado en Bonos de Desarrollo Económico, por valor de $37.000.000, el cual se halla libre de afectación o compromiso, por cuánto estaba destinado a estudios, proyectos y rehabilitación de los Ferrocarriles Nacionales, en la vigencia fiscal de 1966, y tal gasto fue financiado con recursos ordinarios, por medio del Decreto número 3032 de dicho año, quedando disponible el monto de los referidos Bonos;
Que del recurso anterior el Gobierno ha destinado la cantidad de $17.000.000 para financiar gastos de inversión, quedando un saldo disponible de $20.000.000, de los cuales se estima conveniente y necesario tomar la cantidad de $3.000.000 para financiar la construcción del Palacio Nacional de Medellín, quedando el saldo disponible reducido a la cantidad de $17.000.000.
Que para amparar la operación presupuestal de que se trata, la Contraloría General de la República ha expedido el Certificado de Disponibilidad número 10 de 1967, por $31.000.000, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1967, con la cantidad de tres millones de pesos ($3.000.000) moneda legal, los cuales: se incorporarán con base en el Certificado de Disponibilidad número 10 del mismo año, expedido por la Contraloría General, de la República, con imputación al siguiente numeral:
PRESUPUESTO DE RENTAS É INGRESOS
CAPITULO XIV
Recursos del Balance del Tesoro.
| Numeral 160 Recursos del Balance del Tesoro representados en Bonos de Desarrollo Económico | $ 3.000.000 |
|---|---|
| Suma el recurso | $ 3.000.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1967:
PRESUPUESTO DE INVERSION
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 1161
Rama Operativa.
PROGRAMA 1168
Obras varias.
(Recursos del Balance, representados en Bonos de Desarrollo Económico).
| 435. 610. Artículo 11642. Para invertir directamente o mediante la entidad oficial que el Gobierno determine, en zonas de desarrollo económico que adquirirá el IDEA, para la remodelación del Palacio Nacional de Medellín | $ 3.000.000 | |
|---|---|---|
| Proyecto 1. Remodelación del Palacio Nacional de Medellín | $ 3.000.000 | |
| Suma el crédito | $ 3.000.000 |
Artículo 3° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a mayo 15 de 1967.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Abdón Espinosa Valderrama.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.