Por el cual se amplía la duración de una franquicia postal

Rango Decreto
Publicación 1912-09-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y

considerando

que subsisten los motivos que determinaron la expedición del Decreto número 591 del corriente año,

decreta:

Artículo único. Prorrógase hasta el 31 de diciembre próximo la franquicia postal concedida a las encomiendas consistentes en plata amonedada de 0'900 de ley, de que trata el mandato ejecutivo número 591 de 3 de junio último, en los mismos términos que en él se expresan.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1912.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

pedro m. CARREÑO

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