Por el cual se aprueba un Decreto de la Gobernación de Boyacá
El Designado encargado del Poder Ejecutivo,
Visto el Decreto número 26 de fecha 25 del mes de Febrero del año en curso,
DECRETA:
Artículo 1.° Apruébase el Decreto del Sr. Gobernador del Departamento de Boyacá, sobre división de Distritos electorales, haga las que estime convenientes en el personal de las respectivas Juntas.
Artículo 2.° Autorízase al Sr. Gobernador de Boyacá para que, de conformidad con las variaciones establecidas por el Decreto citado en la división de los Distritos electorales, haga las que estime convenientes en el personal de las respectivas Juntas.
Comuníquese y publíquese
Dado en Bogotá, á 13 de Marzo de 1896,
GUILLERMO QUINTERO CALDERON.
El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,
Antonio W. Robayo.
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