Por el cual se destinan las partidas para sueldos de empleados y alimentación del personal interno de la Colonia Escolar de Santa Marta

Rango Decreto
Publicación 1940-01-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA :

Artículo único. Para sueldos de empleados y alimentación del personal, interno de la Colonia Escolar de Santa Marta, se destinan las siguientes sumas, apropiadas en el Presupuesto vigente:

Para sueldos en doce (12) meses, de marzo a diciembre, así:

Mensual. Total.
Directora (interna), a $ 120.00 1,440.00
Habilitada Pagadora (interna), a 50.00 600.00
Médico (externo), a 70.00 840.00
Dentista (externo), a 50.00 600.00
Ecónoma (interna), a 30.00 360.00
Enfermera (interna), a 30.00 360.00
Servicio doméstico (interno), según distribución que hará la Directora, hasta 100.00 1,200.00
Totales $ 450.00 5,400.00
b) Del artículo 915, capítulo 57.
Para alimentación de los alumnos y empleados internos, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para alimentación de los alumnos y empleados internos, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para alimentación de los alumnos y empleados internos, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así: Para alimentación de los alumnos y empleados internos, en doce (12) meses, de enero a diciembre, así:
De cuatro (4) empleados internos, hasta $15 cada uno $ 60.00 720.00
Del servicio doméstico, hasta 120.00 1.440.00
De cuarenta y cinco (45) escolares, hasta $ 15 cada uno $ 675.00 8.100.00
Totales 855.00 10.260.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de enero de 1940.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Alfonso ARAUJO

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