Por el cual se fija la remuneración de empleos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, CRC, y se dictan otras disposiciones en materia salarial

Rango Decreto
Publicación 1990-01-04
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1o. A partir del 1o. de enero de 1990, la asignación básica mensual de los actuales empleados públicos de la Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca, se incrementará de acuerdo con la siguiente escala:
ASIGNACION BASICA 1989 PORCENTAJE (%)
Desde $32.900 Hasta $ 37.500 26
Desde 37.501 Hasta 97.650 23
Desde 97.651 en adelante 20
Artículo 2o. La Corporación para la Reconstrucción y Desarrollo del Departamento del Cauca deberá someter a aprobación del Gobierno Nacional el proyecto de planta de personal, ajustado a lo dispuesto en el artículo 1o. del Decreto-ley 41 de 1989, si no lo hicieren, a partir del 1o. de agosto de 1990 no se aprobarán acuerdos de gastos para servicios personales.
Artículo 3o. Los actuales empleados públicos que sean incorporados a la Planta de Personal que se fije en desarrollo de lo dispuesto en el artículo anterior, en cargos a los cuales corresponda una remuneración inferior a la que perciban, continuarán con la remuneración que devenguen en el momento de la incorporación hasta la fecha en que se retiren del servicio, o pasen a un cargo de remuneración superior.
Artículo 4o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los artículos 2 y 4 del Decreto-ley 41 de 1989 y demás disposiciones que le sean contrarias y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Jefe del Departamento Administrativo Nacional de Planeación,

Luis Bernardo Flórez Enciso.

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

William René Parra Gutiérrez.

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