Por el cual se adiciona el artículo 1° del Decreto número 829 de fecha 29 de abril de 1988

Rango Decreto
Publicación 1988-05-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades que le confiere el numeral 5º del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónase el artículo 1º del Decreto número 829 de fecha 29 de abril de 1988, en el sentido que el doctor Eduardo Rozo Acuña, Consejero, Grado Ocupacional 4 E X en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Italia, actuará también como Encargado de las Punciones Consulajes en Roma.
Artículo 2º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 6 de mayo de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

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