Por el cual se prorroga la suspensión del plazo establecido en el parágrafo del artículo 3° del Decreto 2390 de 2010

Rango Decreto
Publicación 2011-03-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, por el artículo 49 de la Ley 489 de 1998 y en desarrollo de los artículos 15 de la Ley 797 de 2003 y 2 de la Ley 828 de 2003 y,

CONSIDERANDO:

Que el parágrafo del artículo 3° del Decreto 2390 de 2010 estableció un plazo de 20 días hábiles siguientes al recibo de la convocatoria para que las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social manifestaran su voluntad de no participar en la entidad de economía mixta que administrará el Registro Único de Afiliados (RUAF).

Que el citado plazo fue suspendido por cuatro (4) meses, conforme a lo señalado en el artículo 1° del Decreto 3159 de 2010.

Que la suspensión de que trata el considerando anterior se amplió por cuatro (4) meses, según lo establecido en el artículo 1° del Decreto 4440 de 2010, siendo necesario a través del presente decreto prorrogar dicho término, para poder culminar el proceso de revisión y ajuste del esquema de operación del Sistema de Registro Único de Afiliados.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Prorrogar hasta el 29 de abril de 2011 la suspensión del plazo para que las entidades del Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social manifiesten su voluntad de no participar en la entidad de economía mixta que administrará el Registro Único de Afiliados (RUAF) o guarden silencio sobre el particular.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 25 de marzo de 2011.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Viceministro General, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Bruce Mac Master Rojas.

El Ministro de la Protección Social,

Mauricio Santa María Salamanca.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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