Por el cual se concede una franquicia telegráfica
El Presidente de la República de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Concédese franquicia telegráfica, solamente para los asuntos urgentes del servicio, á los Sres. Ruperto y Benjamín Ferreira, nombrados por el Gobierno Jefe y Subjefe de la Comisión de Ingenieros encargada de inspeccionar los trabajos de las Carreteras de Quesada, Boyacá y Tundama, de la cual harán uso con la concisión indispensable.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 28 de Julio de 1905.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
Bonifacio Velez
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