Por el cual se hacen varios traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-04-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 6 de abril del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para, efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de la Economía Nacional, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Articulo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL

Capitulo 51.
Del artículo 744. Para construcción, sueldos, equipos, elementos de toda clase, herramientas, sostenimiento, semillas, etc., de la Granja Agrícola dé Bolívar, en el Departamento de Santander $ 30.000.00
Suman los contracréditos 30.000.00
Capitulo 51.
Al artículo 735-F. Para sueldos del personal.de la Subestación Tabacalera de Santander $ 10.200.00
Al articulo 735-C. Para jornales, compra de herramientas, maquinaria, sostenimiento de laboratorio, compra de terrenos, conservación y terminación de edificios, transportes, compra de semillas, insecticidas, fungicidas, útiles de escritorio, pago de servicios, combustibles, lubricantes, accidentes de trabajo, cesantías, pago de vacaciones del personal que trabaja, a jornal, multiplicación de semillas seleccionadas y demás gastos que ocasione la administración y sostenimiento de la Subestación Tabacalera de Santander 19.800.00
Suman los créditos $ 30.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 9 de abril de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público,

C.S. DE SANTAMARIA

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