En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 31 de 1922 y por el cual se adiciona el Decreto número 432 del mismo año

Rango Decreto
Publicación 1922-06-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El primer Designado, encargado del Poder Ejecutiva

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que es necesario extender al Reino de España la labor encomendada a las Oficinas de Información y Propaganda en el Exterior, pues con motivo de la reciente fundación de los Depósitos Francos de Cádiz, Barcelona y Bilbao, y de las Exposiciones Internacionales que en breve, han de celebrarse en: Sevilla y Barcelona, conviene a los intereses nacionales intensificar la propaganda en la Península, e ir formando un muestrario de una idea acertada de nuestra cultura y de la riqueza de nuestro suelo, a fin de poder presentarnos en aquellos certámenes adecuadamente, como lo harán las demás Repúblicas de la América española;

Que el actual Cónsul General ad honorem de la República en Andalucía, doctor don José M. Pérez Sarmiento, ha dedicado su larga permanencia en España a la propaganda del país, publicando diversas obras, y fundando la revista Colombia, que ha sostenido durante diez años con notorio éxito sin ayuda oficial alguna, y

Que el Congreso acaba de incluir por la Ley-31 de este año una partida en el Presupuesto para apoyar aquella revista y pagar el alquiler de un local destinado a la Oficina de Información y Propaganda en España,

decreta:

Artículo 1.° Se designa al doctor don José M. Pérez Sarmiento, Cónsul General ad honorem de la República en Cádiz, para que organice la Oficina de Información y. Propaganda de Colombia en la ciudad de Madrid, capital del Reino de España .
Artículo 2.° Como subvención a la revista Colombia da España, gastos de escritorio de la misma y alquiler del local de la Oficina de Información y Propaganda en Madrid, se asigna al doctor Pérez Sarmiento trescientos pesos ($ 300) mensuales distribuidos así: doscientos pesos 200) para la revista y material de ella, suma igual a la señalada para las revistas similares en el Decreto número 432 de 1922, y a la votada por el Congreso en la citada Ley 31 de este año, y cien pesos ($ 100 ) para arrendamiento del local de la Oficina de Información y Propaganda en Madrid, corno lo dispone la misma Ley.

Tendrá además los viáticos señalados en los artículos 9' y 10 del expresado Decreto 432 de 1922

Artículo 3.° Estas sumas se pagarán al doctor Pérez Sarmiento por el Consulado General de la República en Liverpool.
Artículo 4.° Nómbrase al doctor don José M. Pérez Sarmiento Consejero Comercial ad honorem de la Legación de Colombia en España.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá a 21 de junio de 1922.

JORGE HOLGUIN-El Secretario de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho, Antonio GOMEZ RESTREPO.-El Ministro de Agricultura y Comercio, Ignacio MORENO K.

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