Sobre créditos y contracréditos al Presupuesto nacional de gastos de 1911

Rango Decreto
Publicación 1911-10-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia.

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta las disposiciones contenidas en los Decretos números 677 y 685 bis del presente año,

DECRETA:

Artículo 1.° Contracredítase en el Presupuesto nacional de gastos de la vigencia económica de 1911 la suma de tres mil cuatrocientos sesenta y cinco pesos diez y nueve centavos ($ 3,465-19), tomada de las imputaciones que en seguida se expresan :

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14411 (TABLA) PÁG. 4.

Artículo2.° Acredítase en el Presupuesto nacional de gastos de la vigencia económica de 1911 la suma de tres mil doscientos setenta y seis pesos, diez y seis centavos ($ 3,276-16), con las imputaciones siguientes:

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 14411 (TABLA) PÁG. 4.

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de Septiembre de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro del Tesoro,

g. MARTINEZ A.

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