por el cual se crean unos cargos y se aumenta una asignación (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que por Decreto número 2847 de 27 de agosto de 1947 le fueron adscritas al Ingeniero Jefe y al Habilitado Almacenista de la carretera Soatá-Onzaga las mismas funciones en la construcción de la carretera Socha-Socotá;
Segundo. Que el Presupuesto de la vigencia en curso no apropió partida para la carretera Soatá-Onzaga y, por consiguiente, hubo necesidad de suspender tal obra; y
Tercero. Que se hace necesario el nombramiento del Ingeniero Jefe y del Habilitado-Almacenista para la carretera Socha-Socotá, carretera ésta que sí quedó incluida en el Presupuesto de la presente vigencia,
DECRETA:
Artículo 1° Créanse los cargos de Ingeniero Jefe y Habilitado- Almacenista de la carretera Socha-Socotá con las siguientes asignaciones:
Ingeniero Jefe, $ 700 mensuales.
Habilitado-Almacenista, $ 300 mensuales.
Parágrafo. Los sueldos de los empleados citados se pagarán con los fondos destinados para esta carretera.
Artículo 2° A partir de la fecha del presente Decreto fijase en doscientos sesenta pesos ($ 260) mensuales el sueldo del Ayudante del Contador de la zona de Carreteras Nacionales de Popayán.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de marzo de 194.9.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda v Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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