Por el cual se reorganiza el personal de las Minas de Muzo y Coscuez
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
DECRETA:
Art. 1.° Desde el de Octubre próximo los empleados superiores de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez serán los siguientes :
| Un Administrador, con sueldo mensual de | $ | 8,000 |
|---|---|---|
| Un Superintendente, con íd íd. íd. de | 6,000 | |
| U n Secretario Contador, con íd. íd. íd. de | 4,000 | |
| Tres Ayudantes, cada uno con íd. íd. íd., de | 3,200 |
Art. 2.° El Superintendente, además de las funciones que se le asignen por el Administrador, de conformidad con lo prescrito por el artículo 7.° del Decreto número 1,078, de 17 de Julio de 1902, tendrá la atribución de sustituir al mismo Administrador en los casos de ausencia accidental de las minas.
Art. 3.° Los empleados nombrados por el presente Decreto tomarán posesión de sus destinos ante el Administrador de las minas, mediante las diligencias del caso. El Administrador, haciendo uso de la autorización que le confiere el artículo 1400 del Código Fiscal, podrá exigir y aceptar las fianzas á que hubiere lugar, dando aviso de tolo al Ministerio de Hacienda.
Art. 4.° Es entendido que en cuanto no se opongan al presente Decreto, quedan vigentes todas las disposiciones que actualmente rigen en lo concerniente á la administración de las minas.
Art. 5 ° La administración continuará á cargo del actual Administrador, Sr. D. Estanislao Franco, y para los demás puestos nómbrase: Superintendente, al Sr. D. Enrique M. Maldonado; Secretario Contador, Sr. D. Manuel Serrano V., y Ayudantes, á los Sres. Eduardo Vásquez, Ricardo M. Parra y Gerardo Van
Arcken.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 22 de Septiembre de 1903.
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Hacienda,
RUPERTO FERREIRA
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