que elimina la Sección de Policía Nacional de Cartagena, perteneciente a la 7.ª División, y reorganiza los Piquetes de Sincerín y Caño de Loro

Rango Decreto
Publicación 1915-05-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

decreta:

Articulo i.º Desde el i.º de junio entrante quedará eliminada la Sección de Policía Nacional de Cartagena, perteneciente a la 7.ª División.
Artículo 2.º Reorganízase el piquete de Policía Nacional de Sincerín, quedando compuesto de dos Agentes de primera clase, cuatro Agentes de segunda clase y diez y nueve Agentes de tercera clase.
Artículo 3.º El piquete de Policía Nacional en el Lazareto de Caño de Loro se compondrá de un Agente de primera clase, dos Agentes de segunda clase y siete Agentes de tercera clase.
Artículo 4.º Los piquetes de Sincerín y Caño de Loro, quedan a cargo de un Comisario Mayor de tercera clase para servicios especiales.
Artículo 5.º Los sueldos del Comisario, el Secretario y los Agentes, serán los mismos que han estado asignados a los empleados de su clase, en la Sección de Cartagena.
Artículo 6.º El presente Decreto comenzará a surtir sus efectos desde el i.º de junio próximo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de mayo de 1915

JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, MiguelAbadíaMéndez.

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