Por el cual se dicta una disposición sobre giros al exterior para pago del personal de las Misiones Diplomáticas y Consulares de la República

Rango Decreto
Publicación 1979-05-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales,

decreta:

Artículo 1°. Derógase en todas sus partes el Decreto número 611 de fecha 13 de marzo de 1979.
Articulo 2°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de abril de 1979.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Diego Uribe Vareas.

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