por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de decreto, y
Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal,
DECRETA:
Artículo primero. Dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Manizales, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan:
| Cuatro (4) Inspectores de Conservación, cada uno | 280.00 |
|---|---|
| Un Pagador Auxiliar | 260.00 |
| Un Ayudante del Contador | 260.00 |
| Un Secretario | 250.00 |
| Un Contador de Almacén | 270.00 |
| Un Jefe de Talleres | 270.00 |
| Un Farmacéutico | 180.00 |
| Un Enfermero | 180.00 |
| Un Ayudante de Almacén | 180.00 |
| Una Mecanógrafa de Almacén | 130.00 |
| Una Mecanógrafa de Caja | 130.00 |
| Un Oficial de Estadística y Sanidad | 100.00 |
Artículo segundo. Las asignaciones de los cargos creados por el presente Decreto se cubrirán con las partidas destinadas a la citada Zona.
Artículo tercero. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Manizales los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de marzo de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José María BERNAL
El Ministro de Obra Públicas,
Luis Ignacio ANDRADE
Digitó: CC1.023.904.092
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