Por el cual se crean unos cargos en el Ministerio de Obras Públicas (Ramo de Carreteras Nacionales)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Para los trabajos de estudios y proyectos de la vía denominada "Paseo de los Libertadores", que une la ciudad de Bogotá con el puente del Común, por la antigua zona del Ferrocarril del Norte, créase el siguiente personal con las asignaciones que a continuación se expresan:
| Mensuales | ||
|---|---|---|
| Un Primer Ingeniero-Ayudante con | $ | 1.000.00 |
| Dos Segundos Ingenieros-Ayudantes, cada uno con | 750.00 | |
| Tres Primeros Dibujantes, cada uno con | 450.00 | |
| Un Segundo Dibujante, con | 350.00 |
Artículo segundo. Los gastos que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se cubrirán con cargo al Capítulo 116, Artículo 1578, Ordinal ñ) del Presupuesto vigente.
Artículo tercero. El presente Decreto regirá desde el 10 de abril del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de abril de 1951.
LAUREANO GOMEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.noneEl Ministro de Obras Públicas,Jorge Leyva.
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