Por el cual se aprueba otro procedente de la Gobernación de Nariño
El Presidente de la República de Colombia
decreta:
Artículo único. Apruébase el Decreto del Gobernador del Departamento de Nariño, sobre policía de fronteras, dictado en el presente año, con la siguiente modificación:
"La obligación a que se contrae el artículo 1.° del expresado Decreto se hace extensiva a las personas que en su calidad de asilados o emigrados pasen al territorio del Departamento de Nariño."
El referido Decreto será enviado al Ministerio de Relaciones Exteriores para que se le dé el curso correspondiente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Anolaima a 22 de enero de 1914.
CARLOS E. RESTREPO
Bogotá, 24 de enero de 1914.
El Ministro de Gobierno,
clodomiro RAMIREZ
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