Por el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en dependencias de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 3°
de la Ley 33 de 1947,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 1° de febrero del año en curso, suprímanse los siguientes cargos en la Sección 7a de la Administración de Hacienda Nacional del Tolima:
| 1 Jefe de Equipo Mecánico | $ | 605.00 |
|---|---|---|
| 1 Ayudante de Equipo Mecánico | 550.00 | |
| 2 Oficiales de Perforación, cada uno | 402.50 |
Artículo 2° A partir del 1° de febrero de 1959, créanse los siguientes cargos en la Sección 7ª. de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca:
| 2 Ayudantes de Equipo Mecánico, cada uno a | $ | 550.00 |
|---|---|---|
| 2 Oficiales de Perforación, cada uno | 402.50 |
Artículo 3° A partir del 1° de febrero de 1959, el Jefe del Equipo Mecánico de la Sección 7ª de la Administración de Hacienda Nacional de Cundinamarca, gozará de una asignación mensual de $660.00.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D.E. a 14 de enero de 1959
ALBERTO LLERAS
Ministro de Hacienda y Crédito Público.
Hernando Agudelo Villa,
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