Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1951-05-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115-Artículo 1576, "para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal K)- Zona de Carreteras de Medellín, con $ 1.300.000.00, con la siguiente distribución especial:
Para la carretera Medellín-La Ceja-Sector Medellín- Las Palmas $ 500.000.00
Para la carretera Medellín-Villarteaga-Sector Medellín-Boquerón 400.000.00
Para la carretera Medellín-Quibdó-Bolívar 100.000.00
Para la carretera Medellín-Arna-La Pintada 300.000.00
$ 1.300.000.00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de abril de 1951.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Álvarez Restrepo- El Ministro de Obras Públicas, Jorge Leyva.

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