Por medio del cual se hace la distribución parcial de una partida

Rango Decreto
Publicación 1958-06-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. De la partida asignada en el Capitulo 206, articulo 2366 del Presupuesto de la vigencia en curso, "para auxiliar a las ferias exposiciones agrícolas y pecuarias en el país (Ley 224 de 1938, artículo 10), según distribución que hará el Gobierno Nacional por decretó separado, en el año", hácese la siguiente distribución:

Capitulo 206, articulo 2366, ordinal 9°.

Aportes de1 Gobierno Nacióna1 para auxi1iar a la Feria Exposición Agrícola y Pecuaria, de Facatativá (Cundinamarca)…$ 3.000.00

Artículo segundo. El pago del aporte y auxilio de que trata el artículo 1° de este Decreto, su manejo e inversión y la rendición dé la cuenta correspondiente a 1a Contraloría General de la República, se efectuará con arreglo a las normas administrativas y fiscales vigentes para esta clase de erogaciones.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de mayo de 1958.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor General Deogracias Fonseca. -Vicealmirante Rubén Piedrahita A. -Brigadier General RafaelNavas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministró de Hacienda y Crédito Público,

Jesús María Marulanda.

El Ministro de Agricultura,

Jorge Mejía Salazar.

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