Por el cual se suprimen unos cargos en el Ministerio de Justicia, y se crean otros en el Ministerio de Justicia
El Presidente de la República, de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 1 del Decreto legislativo número 45 del año en curso,
DECRETA:
Artículo primero. Suprímense los siguientes cargos en el Ministerio de justicia, los cuales tienen las asignaciones que en cada caso se indican:
| Mecanotaquígrafa Secretaria del Gabinete | $ | 400.00 |
|---|---|---|
| Oficial de Información del Gabinete | 340.00 | |
| Mecanotaquígrafa de la Secretaría General | 350.00 |
Artículo segundo. A partir del 16 de abril en curso, los cargos que a continuación se expresan, dependientes del Ministerio de Justicia, tendrán las asignaciones mensuales que én cada caso se indican:
| Secretario Privado | $ | 900.00 |
|---|---|---|
| Auxiliar del Gabinete del Ministro | 450.00 | |
| --- | --- | --- |
| Auxiliar de la Secretaría General | 440.00 | |
| --- | --- | --- |
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá a 3 de mayo de 1957.
General Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,
Presidente de Colombia,
El Ministro de Justicia,
Luis Carlos Giraldo M.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Morales Gómez.
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