Por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Artesanos

Rango Decreto
Publicación 1906-08-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

En uso de las facultades que le conceden las leyes para organizar los institutos de instrucción pública nacional,

DECRETA:

Artículo 1.° Reorganizase en Bogotá el Instituto, nacional de Artesanos son secciones donde se darán por la noche clases de Lectura, Escritura, Aritmética, Gramática, Religión, Historia y Dibujo.
Artículo 2.° En cada barrio de la capital, á medida que las circunstancias lo vayan permitiendo, se abrirá una escuela nocturna con el objeto de dar estas enseñanzas á la clase obrera.
Artículo 3.° Queda facultado el Ministerio de Instrucción Pública para reglamentar, de acuerdo con la Dirección de Instrucción Pública del Distrito Capital, Isa secciones del Instituto y para designar los empleados y señalar loa sueldos respectivos.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, á26 de Julio de 1906.

R. REYES

El Ministro de Instrucción Pública,

J. M. RIVAS GROOT

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