por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de la Economía Nacional y Obras Públicas)
El. Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 11 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Capítulo 58.
| Del artículo 959. Para las obras de defensa de Medellín contra las avenidas del rio Medellín, Ley 110 de 1941 | $ | 100.000.00 |
|---|---|---|
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Capítulo 107.
| Al artículo 2237-A. Para continuar la construcción de las dos avenidas a lo largo del rio Medellín (Parque Nacional de Medellín), según el artículo 5° de la Ley 19 de 1943 y el Decreto número 853 de 1944 | $ | 100.000.00 |
|---|---|---|
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a ll de marzo de 1917.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PEREZ
El Ministro de la Economía Nacional,
Roberto MARULANDA
El Ministro de Obras Públicas,
Darío BOTERO ISAZA
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