Por el cual se fijan algunas asignaciones en los Ramos Postal y telegráfico
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Art. l.° Desde el día 1.° de Octubre próximo venidero en adelante los empleados de las Oficinas de correos y Telégrafos que en seguida se expresan gozarán de las asignaciones mensuales que a continuación se indican:
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