Por el cual se restablece una oficina y se crea otra en el ramo postal y telegráfico
El Presidente de la República de Colombia.
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Restablécese la oficina postal y telegráfica de Entrerríos (Departamento de Cundinamarca), y créase la de Cañafístula (Departamento de Bolívar), cada una servida por un Telegrafista Administrador de Correos, con la asignación mensual, de $ 24 y $ 40, respectivamente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá á 2 de Octubre de 1911.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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