Por el cual se reforma el marcado con el número 482 de 15 de marzo último (ramo de Caminos Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1928-06-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

TENIENDO EN CUENTA:

DECRETA:

Artículo 1o La partida de $25,000 arriba expresada, se entregará al Administrador Principal de Hacienda de Cundinamarca, como parte de auxilio decretado por la Ley 106 de 1927, a favor de la carretera de Chocontá al Valle de Tensa.
Artículo 2o La Gobernación del mancionado Departamento dictará las medidas necesarias para obtener el cumplimiento de los artículos 28 y 29 de la Ley 70 de 1916 y 1o y 4o de la Resolución número 45 de 1927, dicatda por la Contraloría General de la República. Además, pasará mensualmente al Ministerio de Obras Públicas un informe detallado sobre los trabajos que se ejecuten con etes auxilio nacional.
Artículo 3o Derógase el Decreto ejecutivo número 482 de 15 de marzo último.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de mayo de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas

Sotero PEÑUELA

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